La Audiencia de Palma ha condenado a la dueña de un centro de estética a indemnizar con 1.845 euros a un hombre a quien produjo quemaduras al aplicarle un tratamiento para borrarle un tatuaje del brazo.
La sentencia de la sección tercera de la Audiencia relata que los hechos ocurrieron el 7 de julio de 2010, cuando el hombre se dirigió al centro para que le quitaran un tatuaje en el antebrazo derecho mediante un tratamiento de luz pulsada.
A consecuencia del tratamiento, el hombre tuvo que acudir a un centro de salud por quemaduras en el brazo que, tras ser tratadas, le dejaron una cicatriz de unos cinco centímetros.
En un principio, el juzgado de primera instancia número cuatro de Palma condenó a la propietaria del centro de tatuajes a pagar 3.438 euros a su cliente, pero la Audiencia ha rebajado esta cantidad al entender que el perjuicio estético de la quemadura es menor que lo que había estimado el juzgado.
La Audiencia condena así a la propietaria a pagar al hombre 1.178 euros por los días en que estuvo de baja y otros 666 euros por el daño estético causado en el brazo afectado.
La sentencia de la sección tercera de la Audiencia relata que los hechos ocurrieron el 7 de julio de 2010, cuando el hombre se dirigió al centro para que le quitaran un tatuaje en el antebrazo derecho mediante un tratamiento de luz pulsada.
A consecuencia del tratamiento, el hombre tuvo que acudir a un centro de salud por quemaduras en el brazo que, tras ser tratadas, le dejaron una cicatriz de unos cinco centímetros.
En un principio, el juzgado de primera instancia número cuatro de Palma condenó a la propietaria del centro de tatuajes a pagar 3.438 euros a su cliente, pero la Audiencia ha rebajado esta cantidad al entender que el perjuicio estético de la quemadura es menor que lo que había estimado el juzgado.
La Audiencia condena así a la propietaria a pagar al hombre 1.178 euros por los días en que estuvo de baja y otros 666 euros por el daño estético causado en el brazo afectado.
